Cafetería

La Habana, Cuba. – Dos nuevas resoluciones, publicadas desde ayer miércoles en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 77, incluyen algunas modificaciones a las normas para el ejercicio por cuenta propia, que entrarán en vigor este 7 de diciembre.

En el programa de Mesa Redonda de la Televisión Cubana, la ministra de Trabajo y Seguridad Social, Margarita González, explicó que, tomando en cuenta los intercambios con los cuentapropistas durante el proceso de capacitación, y opiniones de la población, las autoridades competentes realizaron análisis que derivaron en la aprobación de dichas transformaciones.

Precisó como uno de esos cambios, que se elimina la restricción a ejercer una sola actividad, siempre que se cumpla con lo regulado para el ejercicio de esa forma de gestión no estatal.

En el caso de la licencia de panadero-dulcero -señaló Margarita González-  se modifica su alcance, e incluye la venta de bebidas no alcohólicas.

Otros cambios

En la Mesa Redonda se explicó que las nuevas resoluciones vigentes a partir de mañana eliminan el límite de 50 capacidades en los servicios gastronómicos en cafeterías, restaurantes y de bar y recreación, que estará en correspondencia con la capacidad de los locales.

La viceministra de Finanzas y Precios, Meisi Bolaños, se refirió a las modificaciones para la cuenta bancaria fiscal, que impacta en los servicios constructivos, gastronómicos en restaurantes, cafeterías, y de bar y recreación, así como para arrendadores de viviendas, habitaciones y espacios, y los transportistas de la capital con capacidad para trasladar de 4 a 14 pasajeros.

En la Mesa Redonda, dijo que se incrementa de un 20 hasta un 35 por ciento el fondo de efectivo para pagos menores o imprevistos.

También -acotó- se reduce la cuantía del saldo mínimo de 3 a 2 cuotas mensuales tributarias.