
Cuba aprobó un nuevo marco jurídico para el desarrollo de la industria del petróleo y el gas que amplía las posibilidades de participación de inversionistas extranjeros y actores económicos privados nacionales en un sector estratégico para la economía.
El Decreto-Ley 135, de Petróleo y Gas, actualiza las reglas para la exploración, explotación y desarrollo de los hidrocarburos, al tiempo que abre nuevas oportunidades de participación a lo largo de la cadena de valor de esta industria.
La disposición introduce modalidades de contratación que amplían las opciones disponibles para gestionar los recursos petroleros, flexibiliza los procedimientos de calificación de las compañías interesadas y contempla la participación de personas naturales y jurídicas nacionales, de acuerdo con las regulaciones aplicables a cada actor económico.
Durante una conferencia de prensa, Pedro Abigantus León, director de Inversiones y Negocios de Petróleo y Gas del Ministerio de Energía y Minas (MINEM), explicó que la norma responde a la necesidad de actualizar una legislación que había quedado desfasada frente a las condiciones actuales de la economía y los requerimientos de desarrollo del sector.
El Decreto-Ley está acompañado por el Decreto 184, que contiene su reglamento, así como por una resolución complementaria del Ministerio de Finanzas y Precios que regula aspectos tributarios específicos de la industria petrolera.
Según el directivo, el propósito es crear condiciones jurídicas para incrementar progresivamente la producción de petróleo crudo y gas natural, elevar las reservas que permitan sostener ese crecimiento y cubrir, en el mayor grado posible, la demanda nacional de combustibles y sus derivados.
La actualización se produce en un contexto en el que el país necesita desarrollar sus capacidades energéticas y captar recursos financieros, tecnológicos y materiales que permitan recuperar y ampliar una industria que requiere inversiones en todos sus eslabones.
Una legislación que responde a las necesidades actuales
La nueva norma sustituye un marco legal que tenía como antecedente principal la Ley de Minerales Combustibles de 1938, acompañada por la legislación aprobada en 1959. De acuerdo con Abigantus León, esas disposiciones estaban desactualizadas y prácticamente habían dejado de aplicarse en las condiciones actuales.
La elaboración del Decreto-Ley tuvo en cuenta la Constitución de la República, los lineamientos de la política económica y social, la conceptualización del modelo económico cubano y las bases del Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social hasta 2030.
También se vincula con el objetivo de avanzar en la recuperación del Sistema Eléctrico Nacional e impulsar la soberanía energética, en correspondencia con las transformaciones económicas y sociales que desarrolla el país.
Como antecedente inmediato figura una política para el desarrollo del petróleo aprobada el año anterior, dirigida a contribuir a la solución de los problemas actuales e incentivar el crecimiento de la industria.
Para elaborar la disposición se estudiaron regulaciones de otros 18 países, además de considerar la experiencia acumulada por Cuba en las actividades petroleras.
El proceso de consulta involucró a 31 instituciones. Según los datos presentados en la conferencia, se recibieron 389 observaciones a las versiones de los documentos; de ellas, 347 fueron incorporadas y 42 recibieron aclaraciones aceptadas por las instituciones que las formularon.
El resultado es una normativa que, en palabras del directivo, busca ampliar la participación en las actividades petroleras mediante nuevos actores y formas de intervención, sin separar esos cambios del resto del ordenamiento jurídico nacional.
Más opciones para atraer inversiones

Conferencia de prensa sobre nuevo decreto ley sobre petroleo y gas.
Uno de los principales cambios del Decreto-Ley 135 es la ampliación de las modalidades contractuales para desarrollar actividades petroleras.
Cuba ha utilizado desde comienzos de la década de 1990 los contratos de producción compartida, una fórmula que ha permitido la participación de compañías extranjeras en la exploración y explotación de hidrocarburos.
La nueva legislación incorpora la concesión petrolera como otra alternativa y deja abierta la posibilidad de establecer otros tipos de contratos cuando las características de una actividad determinada así lo requieran.
Estas modalidades responden a las particularidades de una industria que abarca operaciones muy diversas, desde la investigación de posibles yacimientos hasta la extracción, el procesamiento, el transporte y la comercialización de los productos.
La concesión petrolera constituye una alternativa adicional a los contratos de producción compartida, mientras que la posibilidad de recurrir a otras fórmulas permite adaptar los mecanismos de participación a las necesidades de cada eslabón de la cadena.
El directivo señaló, además, que se establece un proceso de calificación de compañías más flexible, con reglas destinadas a ofrecer seguridad jurídica a quienes deseen invertir.
La apertura a la inversión extranjera no comienza con esta disposición. Cuba ha mantenido durante décadas la participación de capital extranjero en determinadas actividades petroleras, especialmente en la exploración y explotación. El propósito actual es ampliar esas posibilidades en un escenario económico y energético diferente.
La captación de nuevos socios debe contribuir a disponer de los recursos financieros y tecnológicos necesarios para elevar la producción, desarrollar reservas y mejorar las capacidades operativas de la industria.
Participación privada nacional en la cadena de valor
La actualización legislativa también contempla la participación de actores económicos privados nacionales en actividades de la industria petrolera, de acuerdo con las condiciones y regulaciones específicas previstas para cada figura.
El Decreto-Ley incluye la apertura a personas naturales y jurídicas nacionales, bajo el régimen que corresponda a las micro, pequeñas y medianas empresas, las empresas privadas con más de 100 trabajadores y los trabajadores por cuenta propia.
Esta posibilidad amplía el espacio para que actores nacionales intervengan en actividades vinculadas al sector, sin que ello implique que todos puedan realizar indistintamente cualquier operación petrolera. Su participación estará sujeta a los requisitos establecidos en la legislación y en las disposiciones que regulan cada actividad.
La apertura abarca una cadena de valor que comienza con la exploración y extracción de hidrocarburos y se extiende hacia las actividades necesarias para sostener el funcionamiento de la industria, sus suministros, servicios y comercialización.
En ese sentido, la norma busca que el desarrollo del sector no dependa únicamente de la incorporación de capital para las operaciones extractivas, sino que pueda movilizar capacidades nacionales en los distintos servicios y actividades que requiere la industria.
Abigantus León destacó que la legislación establece una prioridad para los bienes y servicios de producción nacional cuando estos cumplan las especificaciones de calidad exigidas, puedan suministrarse dentro de los plazos requeridos y tengan un costo razonable y comparable con otras fuentes de abastecimiento.
De esa manera, cuando una empresa cubana pueda ofrecer un producto o servicio que satisfaga esas condiciones, tendrá prioridad frente a una alternativa extranjera.
El principio pretende favorecer los encadenamientos productivos nacionales y ampliar el protagonismo de las capacidades del país en el suministro de bienes y servicios a la industria petrolera.
La participación privada, tanto en esta esfera como en las restantes actividades contempladas, deberá ajustarse a las regulaciones correspondientes. La norma no elimina los requisitos específicos ni convierte la totalidad de las operaciones petroleras en actividades de libre ejercicio para cualquier actor económico.
El control estatal sobre un recurso estratégico
La ampliación de las modalidades de inversión y participación económica se acompaña de la reafirmación del control estatal sobre los recursos petroleros.
El Decreto-Ley desarrolla los preceptos constitucionales relacionados con la propiedad socialista de todo el pueblo sobre los recursos naturales del subsuelo y los yacimientos, así como sobre los recursos naturales de la zona económica exclusiva.
Durante la presentación, el representante del MINEM subrayó que este principio constituye uno de los pilares de la legislación.
La norma establece un marco para que Cuba ejerza su soberanía y jurisdicción sobre esos recursos y determine cómo, con quiénes y bajo qué condiciones se desarrollan las actividades de exploración y explotación.
En consecuencia, la participación de inversionistas extranjeros y actores privados nacionales se inserta en un régimen jurídico que mantiene el carácter estratégico de los hidrocarburos y la responsabilidad del Estado en la regulación de su aprovechamiento.
La actualización busca compatibilizar la necesidad de atraer capital y tecnología con la protección de los intereses nacionales y el uso responsable de los recursos.
Producir más y desarrollar nuevas reservas
El incremento progresivo de la producción de petróleo crudo y gas natural figura entre los objetivos centrales del Decreto-Ley.
Para ello, no basta con elevar la extracción en los yacimientos que se encuentran en explotación. También resulta necesario desarrollar nuevas reservas que permitan sostener la producción a lo largo del tiempo y evitar que los avances dependan exclusivamente de los recursos disponibles en la actualidad.
La legislación pretende contribuir a cubrir, en el mayor grado posible, la demanda nacional de combustibles, con los tipos y calidades que requiere la economía, así como disponer de productos derivados que puedan respaldar el desarrollo futuro de la industria petroquímica.
El propósito abarca, por tanto, tanto la disponibilidad de hidrocarburos como las posibilidades de aprovecharlos en actividades económicas de mayor valor agregado.
Para avanzar en esa dirección, el país necesita inversiones que permitan recapitalizar instalaciones, incorporar equipamiento, elevar la eficiencia de los procesos y mejorar las capacidades tecnológicas de la industria.
La actualización del marco jurídico procura crear condiciones para movilizar esos recursos y establecer relaciones contractuales adecuadas a las características de los proyectos.
Los resultados, sin embargo, dependerán de la materialización de inversiones, la incorporación efectiva de tecnologías y el desarrollo de las capacidades productivas necesarias para convertir las nuevas posibilidades legales en mayores volúmenes de producción.
Tecnología, seguridad y protección ambiental
El desarrollo de la industria petrolera también requiere elevar los estándares de seguridad y reducir los impactos ambientales de las operaciones.
El Decreto-Ley promueve la introducción de mejoras tecnológicas dirigidas a incrementar el rendimiento y la eficiencia, fortalecer la protección de las instalaciones y disminuir los riesgos asociados a las actividades petroleras.
La norma contempla, además, el empleo de fuentes renovables de energía y el desarrollo de la innovación, la transformación digital, los sistemas automatizados y la inteligencia artificial en la industria.
Estos componentes resultan relevantes para una actividad que maneja sustancias peligrosas, utiliza instalaciones complejas y demanda controles rigurosos durante todas sus operaciones.
Abigantus León insistió en que la ampliación de los actores que pueden intervenir en el sector debe acompañarse de una atención permanente a la seguridad de los procesos, la salud laboral, la protección de las personas y el medio ambiente.
El cumplimiento de los requisitos de seguridad establecidos en la normativa especializada constituye una obligación para las entidades y los participantes en las actividades petroleras.
La legislación también contempla la protección de las instalaciones y el manejo seguro de los desechos generados por la industria.
En consecuencia, la apertura a nuevas modalidades de inversión y participación no elimina las exigencias técnicas y ambientales. Por el contrario, el incremento de los actores que intervienen en la cadena demanda fortalecer la capacitación, la supervisión y el cumplimiento de las regulaciones.
Una industria vinculada a la soberanía energética
El desarrollo de la producción nacional de hidrocarburos forma parte de los esfuerzos de Cuba por fortalecer su seguridad energética y reducir las limitaciones que enfrenta la economía para disponer de combustibles.
El petróleo y sus derivados intervienen en numerosas actividades productivas y de servicios, mientras que la disponibilidad de gas natural también tiene importancia para el funcionamiento de determinadas instalaciones y procesos económicos.
Por esa razón, la política de desarrollo del sector no se limita a incrementar la extracción, sino que procura fortalecer la cadena de valor y mejorar las condiciones para aprovechar los recursos disponibles.
El nuevo marco jurídico se presenta, además, en correspondencia con el proceso de transición energética del país. La incorporación de tecnologías más eficientes y el uso de fuentes renovables en las operaciones petroleras pueden contribuir a reducir consumos y mejorar el desempeño de las instalaciones.
La normativa también subraya la responsabilidad de las instituciones y las personas en el uso racional de los combustibles y sus derivados.
El Decreto-Ley 135 de Petróleo y Gas introduce, en suma, nuevas condiciones para organizar la participación económica en un sector estratégico. La ampliación de las modalidades contractuales, la apertura a actores privados nacionales y la continuidad de la inversión extranjera buscan facilitar la llegada de recursos financieros, tecnológicos y materiales a una industria que necesita recuperar capacidades y elevar su producción.
El desafío estará en traducir ese marco legal en inversiones concretas, nuevas reservas, mayor eficiencia y un suministro de hidrocarburos que contribuya a satisfacer las necesidades de la población y la economía, bajo las condiciones de soberanía, seguridad y protección ambiental establecidas por el país.